A contar del 1 de septiembre de 2023 el ingreso mínimo mensual (“IMM“) de los trabajadores dependientes mayores de 18 años y hasta 65 años se incrementó a $460.000.- (Ley N° 21.578). Por su parte, el IMM para los trabajadores y las trabajadoras menores de 18 y mayores de 65 años pasó a ser de $343.150.- y el IMM para efectos no remuneracionales es de $296.511.- (Decreto N° 967, 1 de septiembre de 2023). Adicionalmente, los tramos de asignación familiar y maternal aumentaron en la misma proporción que el IMM de los trabajadores dependientes mayores de 18 años y menores de 65 años detallándose los montos respectivos en el Decreto N° 967.
El aumento del IMM impacta diversas materias laborales entre las cuales se destacan las siguientes:
– Sueldo base pactado en IMM.
– Monto mínimo del sueldo base de trabajadores sujetos a jornada ordinaria semanal.
– Determinación de la gratificación legal obligatoria de acuerdo al artículo 50 del Código del Trabajo (tope de 4,75 IMM).
– Cálculo de horas extraordinarias.
– Cuantía máxima de los Juicios Laborales en los que se debe aplicar el Procedimiento Monitorio (artículo 496 Código del Trabajo).
– Asignación familiar, maternal y subsidio familiar.
– Otros derechos y beneficios que digan relación o que se calculen de acuerdo con el IMM.
Se recomienda verificar el impacto del incremento del IMM en el sueldo base y otros beneficios de sus trabajadores.
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Nota: El presente documento fue preparado sólo para fines informativos y no constituye asesoría legal. Los extractos del mismo son una interpretación libre y no una cita literal de la fuente.