ACTUALIDAD LABORAL: Comienza plazo de seis meses para implementar en la empresa la Ley “Karin” N° 21.643



El día 15 de enero de 2024, se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.643 que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo (la “Ley”). La Ley entrará en vigencia el primer día del sexto mes subsiguiente a su publicación, lo que significa que el día 1 de agosto de 2024 las empresas tendrán que haber:

(1) Elaborado el protocolo de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo; 

(2) Confeccionado los nuevos procedimientos de investigación de conductas de acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo; 

(3) Incorporado en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (o en su defecto el de Higiene y Seguridad) tanto el protocolo como los procedimientos de investigación aplicables; y, asimismo,

(4) Comenzar a informar semestralmente a los trabajadores acerca de los canales que mantiene para la recepción de denuncias sobre incumplimientos relativos a la prevención, investigación y sanción del acoso sexual, laboral y la violencia en el trabajo, así como las instancias estatales para denunciar cualquier incumplimiento a la normativa laboral y para acceder a las prestaciones en materia de seguridad social.

Nota: El presente documento fue preparado sólo para fines informativos y no constituye asesoría legal. Los extractos del mismo son una interpretación libre y no una cita literal de la fuente.

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