La variación acumulada experimentada por el índice de precios al consumidor (“IPC”) que informará el Instituto Nacional de Estadísticas (“INE”) se prevé superará el 7% en un periodo de doce meses a diciembre de 2022. En este caso, de acuerdo al artículo 8 de la Ley N° 21.456, a contar del 1 de enero de 2023 el ingreso mínimo mensual (“IMM”) de los trabajadores dependientes mayores de 18 años y hasta 65 años se incrementará a $410.000.- El IMM de los trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años y el IMM para efectos no remuneracionales se incrementará en la misma oportunidad y proporción, estimándose por el Ministerio de Hacienda que serán incrementados a $305. 851.- y $264. 282.-, respectivamente. Para estos efectos, el Ministerio de Hacienda deberá dictar un decreto supremo que confirme los valores finales del IMM, lo que debería ocurrir una vez que el INE determine e informe el IPC de diciembre de 2022 cosa que ocurrirá el 6 de enero de 2023.
Recuerde que el aumento del IMM impacta diversas materias laborales entre las cuales se destacan las siguientes:
- Sueldo base pactado en IMM.
- Monto mínimo del sueldo base de trabajadores sujetos a jornada ordinaria semanal.
- Determinación de la gratificación legal obligatoria de acuerdo al artículo 50 del Código del Trabajo (tope de 4,75 IMM).
- Cálculo de horas extraordinarias.
- Cuantía máxima de los Juicios Laborales en los que se debe aplicar el Procedimiento Monitorio (artículo 496 Código del Trabajo).
- Asignación familiar, maternal y subsidio familiar.
- Otros derechos y beneficios que digan relación o que se calculen de acuerdo con el IMM.
IDEA CLAVE: Se recomienda verificar el impacto del incremento del IMM en el sueldo base y otros beneficios de sus trabajadores.
Nota: El presente documento fue preparado sólo para fines informativos y no constituye asesoría legal. Los extractos del mismo son una interpretación libre y no una cita literal de la fuente.
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