La Dirección del Trabajo, mediante el Ordinario N° 206 (02.04.2025), señaló que otorgar el Viernes Santo como descanso en forma reiterada genera una cláusula tácita en el contrato de trabajo. Esto lo convierte en un derecho adquirido que no puede ser modificado unilateralmente.
Revise alerta: https://scr.cl/wp-content/uploads/2025/04/Alerta-viernes-santo-1.png