El 12 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial la ley N°21.360, que reajusta el monto del Ingreso Mínimo Mensual (el “IMM”), la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del Covid-19. ¿Qué materias laborales impacta el aumento al IMM?

Reajuste del Ingreso Mínimo Mensual (“IMM”).

El 12 de julio de 2021 se publicó en el Diario Oficial la ley N°21.360 (la “Ley”) que reajusta el monto del Ingreso Mínimo Mensual (el “IMM”), así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del Covid-19.

De conformidad a lo anterior, a contar de la remuneración del 1 de mayo de 2021 el monto del IMM para trabajadores dependientes mayores de 18 años y hasta 65 será de $337.000.- 

El aumento al IMM impacta diversas materias laborales entre las cuales se destacan las siguientes:

  • Sueldo base pactado en IMM
  • Monto mínimo del sueldo base de trabajadores sujetos a jornada ordinaria semanal
  • Determinación de la gratificación legal obligatoria de acuerdo al artículo 50 del Código del Trabajo (tope de 4,75 IMM)
  • Cálculo de horas extraordinarias.
  • Cuantía máxima de los Juicios Laborales en los que se debe aplicar el Procedimiento Monitorio (artículo 496 Código del Trabajo)
  • Asignación familiar, maternal y subsidio familiar 
  • Otros derechos y beneficios que digan relación o que se calculen de acuerdo con el IMM

Esta alza también se verá reflejada en el IMM de los trabajadores menores de 18 y mayores de 65 años y en los ingresos con fines no remuneracionales, pasando a reajustarse en $251.394.- y $217.226.-, respectivamente.

Finalmente, la Ley establece que, a contar del 1 de enero de 2022, el IMM debe ser nuevamente reajustado con relación al Índice Mensual de Actividad Económica (“IMACEC”). De conformidad a lo anterior, el IMM para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años de edad será de:

a) 345.000 pesos, si el crecimiento del IMACEC, correspondiente a noviembre de 2021, hubiese crecido menos de tres puntos porcentuales, respecto del mes de mayo de 2021.

b) 350.000 pesos, si el crecimiento del IMACEC, correspondiente a noviembre de 2021, hubiese crecido tres o más puntos porcentuales, respecto del mes de mayo de 2021.

La misma proporción se aplicará para determinar el incremento del sueldo mínimo de los trabajadores mayores de 18 años y de hasta de 65 años de edad, así como también respecto del de los ingresos para efectos no remuneracionales.


IDEA CLAVE:  Se recomienda verificar el impacto del incremento del IMM en el sueldo base y otros beneficios de sus trabajadores. 

Nota: El presente documento fue preparado sólo para fines informativos y no constituye asesoría legal. Los extractos del mismo son una interpretación libre y no una cita literal de la fuente. 


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