La Dirección del Trabajo publicó con fecha 7 de mayo de 2026 el dictamen N°264/22 mediante el cual reconsidera la doctrina relativa al inicio del proceso de negociación colectiva cuando no exista una calificación vigente de los servicios mínimos y equipos de emergencia. Al respecto, determina que, tratándose de empresas en que no existía sindicato y este se constituye, los procesos de negociación colectiva iniciados sin contar con dicha calificación deberán suspenderse hasta su obtención, continuando posteriormente desde el estado en que se encontraban.
25May